FOLLETO DE INFORMACION SOBRE LA TDT
Información especialmente dirigida a administradores de fincas y presidentes de comunidades de vecinos.
FOLLETO DE INFORMACIÓN SOBRE LA TDT
PARA ADMINISTRADORES DE FINCAS.
(PREGUNTAS/RESPUESTAS)
1. ¿QUÉ ES LA TDT?
La TDT o Televisión Digital Terrestre es la nueva forma de ver la
televisión convencional. Emplea una nueva tecnología que sustituirá, en su
momento, a la de siempre (la televisión analógica).
La TDT es una modalidad de televisión digital, como lo es también la
televisión digital por satélite, la televisión digital por cable o la televisión digital
por par de cobre (ADSL). La diferencia es que se recibe a través de la antena
de la televisión analógica normal, disponible en todas las viviendas.
Imagen extraída de la página web: www.televisiondigital.es
2. ¿POR QUÉ LA TDT?
La Televisión Digital Terrestre (TDT) es un nuevo concepto de televisión
que pretende proporcionar la posibilidad de recibir muchos más canales, tanto
en abierto como de pago, y con mayor calidad (de imagen y sonido) en su
receptor.
También ofrece nuevos servicios, además de añadir interactividad, que
permitirán a los espectadores constituirse como elementos activos dentro del
mundo audiovisual.
Cuando se dice que la televisión digital sustituirá a la analógica quiere
decir que esta última dejará de coexistir con la digital (la fecha límite del
“apagón analógico” es el 3 de abril de 2010) por lo que hay que empezar a
disfrutar ya de la televisión digital.
Imagen cortesía de Sony
3. ¿QUÉ ME OFRECE YA LA TDT?
Entre el gran abanico de prestaciones de la TDT, destaca la posibilidad
de visionar películas en distintos idiomas, con subtítulos adicionales, los
mecanismos para facilitar el acceso a discapacitados, el acceso a contenidos
interactivos o incluso poder ver un programa después de ser emitido. Además,
la nueva guía electrónica de programación es más sencilla y con un mejor
diseño visual, alejada del actual teletexto, y conseguirá mantenernos al tanto
de la amplia oferta televisiva al que dará lugar la TDT.
Imagen extraída del documento informativo del foro técnico de la televisión digital
4. ¿ESTOY PREPARADO PARA LA RECEPCIÓN DE LA TDT?
Para recibir correctamente la TDT hacen falta dos cosas:
1. Que los usuarios dispongan de un receptor digital externo (conocido
como
Set Top Box, STB) para adaptar las señales al televisorImagen extraída del documento informativo del foro técnico de la televisión digital
5. ¿QUÉ SON LAS INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE
TELECOMUNICACIÓN?
Son las instalaciones necesarias para captar, adaptar y distribuir a las
viviendas y locales, señales de radio y televisión terrestre y por satélite, así
como servicio telefónico básico y de telecomunicación de banda ancha.
Los proyectos de ICT deben estar firmados por ingenieros de
telecomunicación o por ingenieros técnicos de telecomunicación y sólo pueden
instalarlos aquellas empresas instaladoras que se encuentren inscritas en el
Registro de Empresas Instaladoras de Telecomunicaciones.
Estas instalaciones están reguladas por:
•
El Real Decreto-Ley 1/1998, de 27 de febrero que establece el marco•
El Real Decreto 401/2003, de 4 de abril que aprueba el Reglamento•
La Orden CTE/1296/2003, de 14 de mayo que establece los requisitosImagen extraída del documento informativo del foro técnico de la televisión digital
6. ¿ES OBLIGATORIA LA INSTALACIÓN DE LAS ICTs EN LOS
EDIFICIOS DE VIVIENDAS?
Las infraestructuras comunes de telecomunicación (ICT) son obligatorias
en los edificios de nueva construcción, en régimen de propiedad horizontal, o
en régimen de arrendamiento por plazo superior a un año, y en aquellos
edificios de viviendas, locales comerciales y oficinas construidos con
anterioridad a 1998 en los que el número de antenas individuales o colectivas
instaladas sea superior a un tercio de las viviendas y locales del edificio.
También se pueden realizar cuando lo decida una Comunidad de
Propietarios de acuerdo a lo establecido en la ley de Propiedad Horizontal (es
necesario que el acuerdo sea aprobado en Junta, por un tercio de los
propietarios, que representen, al menos, un tercio de las cuotas de
participación).
7. ¿QUÉ TENGO QUE HACER PARA PREPARAR LA INSTALACIÓN
PARA LA RECEPCIÓN DE LAS SEÑALES DE TDT?
La adaptación de la instalación existente para la recepción de la TDT requiere
el análisis de varios aspectos técnicos, como los siguientes:
•
Composición y estado de los elementos de la instalación•
Determinación de los elementos que son válidos para la recepción de las•
Previsiones necesarias en caso de coexistencia de canales analógicos y•
Establecimiento de la topología y características de la nueva red de•
Previsiones en cuanto a posibles nuevas intervenciones en la1 para solicitarle alguno de los•
Asesoría en la solicitud, análisis y comparación de ofertas y posterioro
El Administrador solicita presupuesto de adaptación a la TDT ao
Las empresas instaladoras evalúan las condiciones de lao
El Ingeniero analiza y compara las ofertas y recomienda la queo
Una vez concluida la instalación, el Ingeniero comprueba que la•
Encargo de un proyecto técnico de adaptación de la instalación1
El COITCV puede facilitarles una lista de Ingenieros que pueden acometer esta tarea.Decreto 401/2003, de 14 de mayo, cuando sea necesario introducir o
sustituir elementos activos en la red de distribución, cuando coexistan
en el punto de captación canales digitales y analógicos adyacentes,
cuando el titular de la propiedad decida distribuir señales de
radiodifusión y televisión por satélite, además de las de radiodifusión
sonora y televisión terrestre, cuando el titular de la propiedad decida
incluir en la nueva instalación el acceso a algún otro servicio básico de
telecomunicaciones (telefonía o servicios de telecomunicaciones de
banda ancha), además del acceso a la radiodifusión sonora y televisión
o cuando se trate de edificios no residenciales.
Igualmente se debe recomendar al titular de la propiedad que encargue,
en los mismos casos en que se realice un proyecto, la dirección de obra
a un Ingeniero de Telecomunicación, que deberá emitir la Certificación
de fin de obra, una vez que el proyecto haya sido ejecutado.
•
Encargo de un Proyecto Técnico de ICT, de acuerdo con lo establecido8. ¿CUÁLES SON LAS VENTAJAS DE ENCARGAR UN PROYECTO DE
ADAPTACIÓN A LA TDT O DE UN PROYECTO DE ICT?
El proyecto de ICT es más complejo que la simple adaptación de la
instalación pero tiene la ventaja de dejar el edificio preparado para acceder a
los actuales y futuros servicios de telecomunicación, con lo que se evitarán
futuras obras en él para introducir dichos servicios. No obstante, para la
correcta recepción de la TDT, en muchos casos será suficiente un Proyecto de
adaptación de la instalación existente a la TDT. Tanto en un caso como en el
otro el proyecto lleva la garantía de calidad que ofrece su realización por un
Ingeniero de Telecomunicación y el visado del COIT.
La realización de un proyecto de ICT o de un proyecto de adaptación a
la TDT será necesario de acuerdo a lo indicado en el punto anterior. Además,
tanto el proyecto de adaptación como el de ICT, deben prever las futuras
modificaciones en los equipos de cabecera, que puedan ser necesarias,
teniendo en cuenta que la implantación de la TDT pasará por un periodo
transitorio en la planificación de los canales, hasta la situación final que tendrá
lugar en 2010. De esta forma la comunidad de propietarios conocerá
perfectamente el alcance de los trabajos de adaptación requeridos por su
instalación colectiva de TV.
9. SI EL EDIFICIO YA POSEE ICT, ¿TENGO QUE ADAPTAR LAS
INSTALACIONES PARA LA RECEPCIÓN DE TDT?
Actualmente, en los edificios de nueva construcción (con ICT) ya se
portan las señales de TDT, pueden recibirse en las tomas de TV de las
viviendas o locales y pueden ser visualizadas en un receptor de TV digital
integrado o mediante un receptor digital externo (STB) para recibirlas en un
televisor convencional.
Sin embargo, siendo la TDT un servicio de reciente aparición, algunas
de las primeras instalaciones de ICT requerirán la instalación de algunos
equipos amplificadores de cabecera correspondientes a los canales digitales
que comenzaron a emitir con posterioridad a la instalación de la ICT.
Imagen cortesía BIT
10. ¿CÓMO ME ASEGURO DE LA CALIDAD DE LA INSTALACIÓN?
Si se ha optado por la adaptación de las instalaciones, finalizada la
adaptación, la empresa instaladora de telecomunicación registrada encargada
de los trabajos entregará un boletín de instalación y un protocolo de pruebas,
normalizados, tanto a la propiedad como a la Jefatura de Inspección de
Telecomunicaciones correspondiente.
En caso de que se haya encargado un proyecto de adaptación o un
Proyecto de ICT, finalizada su instalación, deberá entregarse un boletín de
instalación expedido por el instalador junto con un protocolo de pruebas.
Dichos documentos se acompañarán de un certificado de fin de obra expedido
por el ingeniero de telecomunicación o un ingeniero técnico de
telecomunicación que haya dirigido la ejecución del proyecto, visado por el
Colegio profesional correspondiente, al menos cuando en éste se contemple la
realización de ICTs en inmuebles de más de 20 viviendas o que en las mismas
se contemple la presencia de elementos activos en la red de distribución y
cuando se trate de inmuebles de uso no residencial.
La Certificación de fin de obra será también necesaria en los casos en
los que se haya encargado un Proyecto de adaptación a la TDT.
11. ¿Y SI HAY ALGÚN PROBLEMA?
Como trámite previo, los usuarios podrán dirigir su reclamación, en
primer lugar, a la Empresa Instaladora de Telecomunicación a través de un
medio fehaciente. Una vez formulada la reclamación, si en el plazo de quince
días el reclamante no hubiera obtenido respuesta satisfactoria de la Empresa
Instaladora, podrá acudir a una de las vías indicadas en los apartados
siguientes:
A) Reclamación ante las Juntas Arbitrales de Consumo.
La solicitud de arbitraje deberá formalizarse ante las Juntas Arbitrales de
Consumo, en los términos establecidos en la normativa reguladora del Sistema
Arbitral de Consumo.
B) Reclamación ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y
para la Sociedad de la Información (SETSI).
La SETSI tramitará y resolverá, a través de la intervención de las
Jefaturas Provinciales de Inspección de Telecomunicaciones (JPIT), las
reclamaciones sobre los derechos específicos de los usuarios que demanden
servicios de instalación de equipos para la recepción de la TDT.
El escrito de reclamación deberá contener el nombre y apellidos del
interesado o la persona que lo represente, el domicilio para recibir
notificaciones, la solicitud que se hace con hechos y razones, aportando toda la
documentación que el usuario considere relevante para apoyar la pretensión, el
lugar, fecha y firma del solicitante o autorizado y el Órgano al que se dirige la
reclamación (la SETSI).
C) Reclamación ante las Comunidades Autónomas con competencias en
materia de Antenas Colectivas.
Las CC.AA con competencias transferidas en materia de Antenas
Colectivas, tramitarán y resolverán, a través de la intervención de sus
departamentos competentes, las reclamaciones sobre los derechos específicos
de los usuarios que demanden servicios de instalación de equipos para la
recepción de la TDT, en el caso de adaptación y/o modificación de Antenas
Colectivas.


